miércoles, 8 de enero de 2014

El auto de la imputación

Hace unos meses, en clase de Derecho Procesal, Tomás J. Aliste Santos nos explicaba lo relacionado con las resoluciones de los jueces o tribunales. Dentro de las jurisdiccionales se encontraban las providencias, los autos y las sentencias. Centrándome en los autos (245.1.b LOPJ), según las ideas claves hojeadas, éstos son utilizados cuando se deciden recursos contra providencias, se resuelven cuestiones incidentales o cuestiones referidas a presupuestos procesales (nulidad de procedimiento o en aquellos otros supuestos en los que de las leyes procesales se deduzca esta forma).

El auto es una resolución escrita que está estructurada por párrafos separados y numerados, en los que se contienen los hechos y razonamientos  jurídicos que dan paso a la parte dispositiva. El auto está firmado por el Juez o magistrados que lo dicten (248.2 LOPJ). Habitualmente se refiere a todas las resoluciones judiciales interlocutorias o formales, es decir, decisorias de cuestiones o incidentes necesarios para la protección del proceso y para alcanzar la decisión final.

Con esas nociones y con la experiencia acumulada profesionalmente al echarle una vistazo a algún que otro auto, me hice una idea, creí, bastante aproximada de este tipo de resoluciones del órgano judicial competente, hasta que ayer leí el auto del Ilustrísimo Sr Magistrado Juez Castro, con la imputación de la Infanta (El País, El Mundo). ¡Dios mío! ¡227 páginas! ¡Una tesis doctoral en toda regla! ¡Motivación por un tubo!

Según Guillermo Ormazabal Sánchez (Introducción al Derecho Procesal, pag. 182, Edit. Marcial Pons), los autos deben estar siempre motivados  (y redactados con la estructura del artículo 248.2 de la LOPJ), pero, claro, como apuntan Esteban Urreiztieta y Eduardo Inda en El Mundo: “El auto más motivado de la Historia”. Le escribía ayer a Ana en un foro de Facebook, que “el documento no tiene desperdicio”. Por lo demás, respecto al proceso, te referencio algunos de los textos que he escrito en este blog: “¿Igual para todos?” “Stand by imputatorio” “Jurisprudencia fiscal” o el reciente “¿Fiscal de oficio?” Este texto se ha editado también en el Blog de Manuel, bajo el título: "¡Imputación por un tubo!" (Fuente de la imagen: elaboración propia).