viernes, 11 de diciembre de 2015

Cuestiones dominio público marítimo-terrestre

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado español (BOE), la Sentencia 233/2015 del Tribunal Constitucional (TC)[1], que se centra en el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Socialista contra varios artículos de la Ley 2/2013, que regula la protección y uso sostenible del litoral en España. La sentencia aborda cuestiones relacionadas con el dominio público marítimo-terrestre, la seguridad jurídica, y la protección del medio ambiente. La Ley 2/2013 introduce modificaciones en la regulación del dominio público marítimo-terrestre, extendiendo el plazo de concesiones demaniales de 30 a 75 años y estableciendo criterios para el deslinde de terrenos. Se argumenta que estas modificaciones pueden afectar la integridad del dominio público y la aplicación de sentencias firmes. El TC considera que ciertos apartados de la Ley 2/2013 son inconstitucionales, especialmente aquéllos que permiten la exclusión de bienes del dominio público sin un adecuado control judicial. Se destaca que la ley no puede abrir la puerta a tratamientos dispares en diferentes partes del territorio nacional, lo que podría comprometer la integridad física y jurídica de los bienes de dominio público.

La sentencia subraya que la disposición adicional novena de la Ley 2/2013 infringe el derecho a la ejecución de resoluciones judiciales firmes, lo que contraviene el principio del Estado de Derecho y el derecho a la tutela judicial efectiva. Se menciona que los criterios técnicos para los deslindes deben basarse en datos científicos y ser aplicados de manera objetiva y homogénea, garantizando así la legalidad de la actuación administrativa. La Sentencia reafirma la importancia de la protección del dominio público marítimo-terrestre y la necesidad de un marco legal que respete los derechos fundamentales y la seguridad jurídica. La inconstitucionalidad de ciertos apartados de la Ley 2/2013 pone de manifiesto la necesidad de un equilibrio entre el desarrollo económico y la protección del medio ambiente. Además, se destaca la obligación de la Administración de actuar conforme a la legalidad y de respetar las resoluciones judiciales, garantizando así la efectividad del Estado de Derecho en la gestión del litoral. Finalmente, establece un precedente importante para futuras regulaciones en materia de protección del medio ambiente y derechos de propiedad pública. Fuente de la información: BOE. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Si quieres acceder a la publicación, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 11/12/2015.