domingo, 11 de diciembre de 2016

Presunción de validez del acto administrativo

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Con la presunción de validez en mi país se atribuye a los actos administrativos la condición de válidos y eficaces hasta que no sean anulados por un órgano judicial. El motivo es para garantizar la seguridad jurídica mediante estabilidad de los procedimientos y las propias relaciones jurídicas, sorteando así la incertidumbre si los actos administrativos pudieran ser impugnados en cualquier momento. Junto a esta seguridad jurídica se encuentra la necesidad de que la AP pueda actuar con eficacia y celeridad en el cumplimiento de sus fines, protegiendo el interés público del acto administrativo.

La presunción de validez equilibra los intereses de la Administración Pública y los de los interesados, implicando que el acto administrativo genere efecto jurídico desde la fecha de su emisión y sean ejecutivos, en el sentido de realizarse por el administrado, el cual, si estima que dicho acto no es válido, deberá probarlo. No obstante, esta presunción de validez no es absoluta y puede ser desvirtuada cuando el acto administrativo se catalogue nulo de pleno derecho, haya sido anulado por un órgano judicial o se considere contrario a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.