En el marco
de la materia Derecho Procesal, afanado estuve la semana pasada buscando la verdad en la justicia y la necesidad
de motivación, alrededor del artículo de Tomás J Aliste Santos en el número 73 de la revista Jueces para la Democracia (pág. 30 a 47): “Búsqueda de la verdad y necesidad de motivación: elementos claves para
una teoría general de la justificación de las resoluciones judiciales”.
Denuncia el
autor los riesgos que otean el
horizonte de la motivación judicial, marchamo legal hasta el momento sólidamente
arraigado, pero soportado en los ambivalentes términos “motivo” y “arbitrio”, así como
el idóneo concepto “justificación”, junto a
otras nociones como “explicación” o “fundamentación”. Trances
que van desde el ilusorio maridaje entre jurisdicción
y mediación, hasta la legal intromisión
de la secretaría judicial. Estos innecesarios aprietos del legislador,
exponen dicha garantía constitucional a continuas tormentas políticas y
económicas, que fluyen en un océano cargado de sensibles fluctuaciones.
Para
desterrar las incertidumbres anteriores y en torno a la cuestión ¿Acaso
puede hablarse de Justicia sin
Verdad?, se afana Aliste Santos en la
reflexión “la Verdad en el proceso”,
condición necesaria y suficiente de la
Justicia, con el objetivo de generar una corriente de reflexión, desde la
óptica procesal, sobre la motivación de las resoluciones judiciales
y la limitada, pero necesaria, posibilidad
epistemológica del fundamental conocimiento de la verdad
como consenso a través de la concepción del proceso, elementos claves
que deben integrar la “teoría general sobre la
justificación de las decisiones judiciales”,
siempre bajo la sugestión metodológica, entre otros recursos
reglamentarios, del Derecho como argumentación,
la importancia del método histórico, el conceptualismo jurídico
y el útil Derecho comparado.
En cuanto a
la valoración probatoria, desde la metodología tópico argumentativa, propugna
Tomás el sometimiento del valor coherencia de la narrativa
al valor verdad, partiendo de la consideración
que teoría de la prueba y teoría de la motivación
se encuentran extremadamente superpuestas y
reflexionando sobre el ejercicio de la capacidad de iniciativa probatoria del
juez, en base al binomio “verdad * correspondencia”, como
caución de la generación de un abanico de posibilidades procesales
que propicien el fin jurídico de búsqueda de la Verdad.
La imagen del encabezado es
de “La Verdad” (Fuente: Wikipedia). Cuenta el profesor Aliste Santos que en la capital del archipiélago
maltés, La Valletta, en la esquina entre Merchant’s Street y St. John’s Street, se encuentra La Castellanía, antaño sede del Tribunal de la Orden de los Caballeros Hospitalarios de San Juan de Jerusalén. En su alzada destacan dos estatuas de mujer, en
representación de la Justicia y de la Verdad. Los símbolos de esta última son el
espejo, en una mano, porque la
Verdad se contempla a sí misma, y la serpiente
retorciéndose en la otra, pero sujetada implacablemente. Que esta semana
te sea beneficiosa en lo profesional, empresarial, institucional o laboral,
según proceda o te interese. Este texto también se ha editado en el Blog de Manuel, bajo el título “¿Justicia sin verdad?”.