Fuente de la imagen: plussilk en pixabay |
El órgano judicial, debido a la forma en la que fue adquirido el suministro, ha ordenado en la sentencia la remisión de las actuaciones al Ministerio Fiscal con el objetivo de que, en el caso de que no se estimase prescrito, se practiquen las diligencias que considere necesarias para determinar si procede el ejercicio de la acción penal por la posible comisión de un delito de prevaricación cometido por el/los responsables del encargo de los suministros, sin perjuicio de otros en los que hubiesen podido incurrir.
El juez advierte en la resolución que la parte recurrente “se ha beneficiado de una forma grosera de unos suministros encargados a dedo, sin presupuesto, contrato o formalidad alguna y, lo que es más grave, saltándose la normativa en materia de contratación, impidiendo que otras empresas pudiesen presentar sus propuestas, de modo que finalmente se encargasen los suministros a la que mejor oferta hiciese, con el consiguiente beneficio para los administrados y para las arcas públicas”.
El magistrado destaca que “ni siquiera se ha tratado de eludir la aplicación de la normativa acudiendo a sucesivos contratos inferiores al mínimo legal para esquivar, en fraude de ley, la aplicación de la normativa contractual, sino que no se hizo contrato alguno, pese a que los suministros encargados han supuesto para el erario público cientos de miles de euros”. Fuente de la información: CGPJ. Fuente de la imagen: plussilk en pixabay.
________________________________
[1] Un Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Ourense.
[2] Diputación Provincial de Ourense.
[3] 193.093 euros.
[4] Suministró bancos y marquesinas en 2011.