martes, 20 de mayo de 2014

La prueba pericial

En opinión de Miguel Ángel Torres Morato y Eduardo de Urbano Castrillo[1], el «corazón» de todo juicio es la prueba y la regulación de esta materia es insuficiente porque resulta imposible encerrar en unas cuantas normas, una cuestión tan dinámica. Para APAJCM[2], la prueba pericial es el medio por el cual personas ajenas a las partes, que tienen conocimientos en alguna ciencia, arte o profesión y que han sido precisamente designadas en un proceso determinado, dan su opinión fundada sobre la interpretación y apreciación de los mismos, a fin de formar la convicción del magistrado, siempre que para ellos se requieran esos conocimientos. Por tanto, podemos acordar que la pericial es la prueba que surge del dictamen de aquellos profesionales que, por razón de sus conocimientos especiales, son requeridos por el poder judicial para informar ante el juez o tribunal mediante un dictamen científico, técnico o práctico sobre hechos litigados o disputados por las partes de un proceso.

Ferrán González y Martínez[3] apunta que la pericial es aquella prueba que, vía el dictamen solicitado, aporta al proceso conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos que consienten al juez o tribunal valorar adecuadamente la existencia de los hechos o que le permite conocer el contenido o sentido de otras pruebas practicadas en el seno del procedimiento judicial. Por su parte, Ángel Luis Campo Izquierdo[4], de manera sencilla y clara entiende por prueba pericial la realizada por peritos, personas que son llamadas al proceso en base a sus conocimientos especializados (científicos, artísticos o prácticos), para que aporten las “máximas de experiencia” que el juzgador no posee o no puede poseer, a fin de facilitarle la percepción y la apreciación de hechos concretos, objeto de debate y valoración (Fuente de la imagen: sxc.hu).


[1] DE URBANO CASTRILLO, E. TORRES MORATO, M.A.  “La prueba ilícita penal”. Edit. Aranzadi.
[2] APAJCM. Asociación de Peritos Colaboradores con la Administración de Justicia  de la Comunidad de Madrid http://www.apajcm.com
[3] GONZÁLEZ I MARTÍNEZ, F. “Informe Jurídico sobre el perito judicial”. Ferrán Abogados y Asociados. http://www.ferranabogados.com
[4] CAMPO IZQUIERDO, A.L. Magistrado Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Gijón (Asturias). “La prueba pericial n los procesos judiciales”.