Hace unos años, en clase de Derecho Procesal nos comentó el profesor la frase latina Vigilantibus non dormientibus iura succurrunt, legendaria cavilación que traducida con mi latín de los Montes de Málaga dice algo así como que "el Derecho favorece a los que se encuentran atentos, no a los que dormitan". Me acordé de esta locución latina cuando leí en la prensa de mi país que, en el marco del Caso Nóos, una vez cerrada la fase de instrucción, el fiscal se sacó de la manga un nuevo informe que, parece ser, beneficia a su cliente (ver noticia en El Mundo) y que, según las fuentes leídas, va en la misma línea que los informes descartados por la instrucción y por la Audiencia Provincial. En este hito del proceso, el Tribunal sí ha escuchado al fiscal y ha admitido el informe.
Dormido procesalmente el juez instructor, es decir, por imperativo legal, el fiscal siguió en la vigía y, motu proprio, impericia descartada, entrega documentación elaborada por la Agencia Tributaria, supuestamente en la misma línea que los reiterados informes que en la instrucción fueron presentados al Juez Castro, donde se excluía la comisión de un delito por parte de la Infanta y que no convencieron al instructor. En fin. Ese motu proprio y la frase que abre este texto, me recuerda también la doctrina de los actos propios, con su otra legendaria cavilación: Nemo auditur propriam turpitudinem allegans; que traduzco por “Nadie puede ser escuchado, invocando su propia impericia” y que, obviamente, aún no es de aplicación en el caso que nos ocupa (Fuente de las imágenes: pixabay y elaboración propia).