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En el reciente seminario web (webinar), organizado por la Universidad Udima, los expertos Luis Bardaji Muñoz[8] y Ruperto Guerra[9], han tratado las Incidencias en las sociedades mercantiles derivadas de la COVID-19 y análisis de la cláusula “rebus sic stantibus”, estudiando el impacto de la crisis sanitaria en aquellos aspectos que afectan al funcionamiento de las sociedades mercantiles. Coincido con la organización en que las normas aprobadas derivadas de la COVID-19, han tenido incidencia en las sociedades mercantiles no cotizadas en lo que respecta a la regulación de la celebración y adopción de acuerdos, la formulación y aprobación de las cuentas anuales, la suspensión del ejercicio del derecho de separación del socio y la concurrencia de una causa de disolución durante la vigencia del estado de alarma. También, reflexionaron sobre aquellos aspectos regulados propios de las sociedades cotizadas y de las inversiones extranjeras, así como la posibilidad de alterar los contratos mediante la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus. A continuación inserto el vídeo de la ponencia, alojado en Youtube cortesía de UDIMA. Fuente de la imagen: congerdesign en pixabay.
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[1] https://dej.rae.es/lema/rebus-sic-stantibus. Sitio visitado el 14/04/2020.
[2] Paulo: Digesto 45, 1, 140, 2.
[3] Cicerón: De officiis 1, 16.32.
[4] Séneca: De beneficiis 4, 34, 3 y 4.
[5] Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 29 de octubre de 2012, FJ 2º. Roj: SAP B 14287/2012 - ECLI: ES:AP B:2012:14287.
[6] Sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona de 2 de abril de 2012, FJ 5º. Roj: SAP T 819/2012 - ECLI: ES:APT:2012:819 .
[7] STS de 21 de Febrero de 2012, ROJ: STS 1322/2012.
[8] Socio fundador en Bardají & Honrado Abogados. Profesor en el Máster Universitario en Asesoría Jurídica de Empresas de la UDIMA.
[9] Socio Director Guerra Bermúdez Abogados. Doctor en Derecho por la UDIMA.