Fuente de la imagen: Flipando en colores (M. Velasco, 2018) |
También, introduce una reforma organizativa en la Administración de Justicia, creando Tribunales de Instancia y modernizando los Juzgados de Paz en Oficinas de Justicia, reestructuración que busca optimizar los recursos disponibles y mejorar la capacidad organizativa del sistema judicial y centrándose en tres cualidades fundamentales para una organización eficiente: especialización, homogeneidad y capacidad organizativa. Otro aspecto presumiblemente innovador es la promoción de medios alternativos de solución de controversias, reconociendo la importancia de la mediación y otros métodos no jurisdiccionales como herramientas efectivas para resolver conflictos, lo que se aspira a que reduzca la carga de trabajo de los tribunales y ofrecer a la ciudadanía opciones más flexibles y satisfactorias para la resolución de sus problemas, estrategia que intenta alinearse con las tendencias internacionales que abogan por la conciliación y el diálogo como formas de abordar disputas.
Asimismo, incluye modificaciones en la legislación fiscal, específicamente en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF), para facilitar la aplicación de indemnizaciones derivadas de acuerdos de mediación, reflejando un enfoque integral que busca mejorar la eficiencia del sistema judicial al tiempo que garantizar que las soluciones alcanzadas a través de la mediación sean efectivas y, obviamente, justas. En síntesis, un paso con el que se procura caminar hacia la modernización del sistema judicial español. Al centrarse en la especialización, la organización eficiente y la promoción de medios alternativos de resolución de conflictos, se busca mejorar la eficacia del Servicio Público de Justicia y garantizar que se respeten los derechos de la ciudadanía, especialmente de las personas más vulnerables. Con esta reforma, ambiciona posicionarse en la vanguardia de la justicia moderna, pretendiendo adaptarse a las necesidades de una sociedad en constante evolución.
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[1] Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Publicado en: «BOE» núm. 3, 3/1/2025.