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Entiende el legislador que una vez superado el estado de alarma, la Administración de Justicia debe adaptarse durante los próximos meses a la nueva normalidad, tomando en consideración los derechos y las necesidades de la ciudadanía como usuaria del servicio público de la Justicia en ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva, y garantizar el derecho a la salud tanto de esta como del conjunto del personal y profesionales del sector de la Justicia. Junto a ello, y en relación con el aumento de litigiosidad previsto, la Administración de Justicia debe prepararse no solo para dar respuesta a la misma, sino para erigirse en factor determinante en el proceso de recuperación económica. Fuente de la información: BOE. Fuente de la imagen: pixundfertig en pixabay.
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[1] «BOE» núm. 250, de 19 de septiembre de 2020, páginas 79102 a 79126 (25 págs.). Sección: I. Disposiciones generales. Departamento: Jefatura del Estado. Referencia: BOE-A-2020-10923. Si quieres acceder al pdf, clickea AQUÍ.